Lo que sigue es simplemente un primer borrador de ideas
del autor sobre el tema de referencia y, como tal, susceptible tanto de mayores
desarrollos como de los ajustes del caso.
El objeto de este breve trabajo es definir y dejar
planteado un enfoque alternativo de Política Monetaria, por ahora a nivel de
lineamientos generales.
La circunstancia de la actual pandemia del Covid 19 y sus
efectos económico-financieros implica una oportunidad para realizar una
propuesta de este tipo pero la misma sería válida independientemente de esta
crisis coyuntural porque toca al objetivo central y permanente de dicha nueva
Política Monetaria, que es el de garantizar la estabilidad del valor del Dinero
Argentino y, consecuentemente, reducir sustancialmente los niveles de
Inflación.
CUADRO DE SITUACIÓN (DIAGNÓSTICO)
El paro de la actividad económica por la pandemia del
Coronavirus está provocando consecuencias económico-financieras que son
gravísimas ahora y serán también muy difíciles de manejar en la post-pandemia:
a) La recesión de la economía por efecto de las medidas
de prevención contra el Covid 19 están provocando un nuevo proceso de
estanflación porque la Inflación no se ha detenido sino que se ha enmascarado
como resultado de ratios estadísticamente compensados – grandes aumentos en los
precios de Alimentos y otros rubros neutralizados en los índices por el
congelamiento del resto de los productos y servicios de la Economía – y ello
mantiene un problema de estanflación.
b) El desequilibrio de las Finanzas Públicas como
resultado de la situación presente se acentúa por aumento del Gasto Público
Social más que el Gasto directamente ligado a la Salud, y la Recaudación
disminuye dramáticamente. Ergo, el Déficit Fiscal aumenta en forma
incontrolable, sostenido en lo inmediato con mayor Emisión Monetaria.
c) Hoy estamos metidos en una trampa de Deuda Perpetua y
bajo condiciones de re-negociación que se presentan muy desfavorables para la
Argentina y paralelamente aumenta aún más el Déficit Fiscal por el
desequilibrio citado en el punto anterior.
Por ende, al gobierno se le presenta el dilema de cubrir
ese Déficit creciente con más Emisión Monetaria y/o con Más Endeudamiento del
Estado.
A los efectos de evitar un incremento adicional de Deuda
Impagable y de contener los efectos inflacionarios de más Emisionismo, la idea
es poner en circulación una Moneda Paralela.
PROPUESTA DE MONEDA PARALELA
La idea-eje de puesta en marcha de una Moneda Paralela al
Peso es contar con un instrumento que sirva sólo como medio de pago y no como
forma de atesoramiento, razón por la cual deberá definirse otro tipo de moneda
de curso legal y valor cancelatorio que coexista con el mismo.
Esta nueva Moneda Paralela no tendría valor independiente
ni nominación diferente al Peso sino que se diferenciaría sólo en sus
aptitudes, esto es, en sus características centrales, que serían básicamente
tres:
1. Una Moneda Inconvertible y, por consiguiente, no
válida para compra de Dólares y divisas en general, aunque sí puede serlo a
Pesos de igual denominación. Se cotizará A la Par con el Peso y todo desagio
sobre la misma constituiría delito.
2. No devengaría Interés y por lo tanto no podría usarse
para operaciones financiero-bancarias: por ejemplo, depósitos a plazo fijo,
compra/venta de acciones/bonos públicos, pago de tarjetas de crédito,
préstamos, etc. Tampoco podría usarse para compra/venta de Bienes Inmobiliarios
y/o Durables en general (viviendas, oficinas, financiamiento de construcciones,
autos, camiones, motocicletas, vehículos en general, maquinaria y equipo, etc.)
para reservar el uso de la Moneda Paralela sólo a operaciones de Consumo.
3. La Moneda Paralela tendría así igual valor que el Peso
pero distintas aplicaciones, de modo que su utilización sería para todo tipo de
operaciones de consumo. Sería de aceptación obligatoria dado su valor
cancelatorio y el Estado – Nación, Provincias y Municipios - deberá aceptarla
como parte del pago de Impuestos y Tasas. También se usaría para pago de
Precios y Tarifas de Servicios Públicos.
De esta manera, se establecerían dos circuitos monetarios
coexistentes, de igual valoración pero de usos diferentes: Peso y Moneda
Paralela.
MODO DE IMPLEMENTACIÓN
Una Moneda Paralela de este tipo tendría sesgo geselliano en cuanto a que sería emitida y
retirada de circulación por el Gobierno en función del quantum de la Base
Monetaria en Pesos, es decir, que la emisión de Moneda Paralela serviría para
regular la masa de Dinero en Circulación.
El planteo de base de Silvio Gesell en cuanto a cantidad
de moneda regulada con Imprenta y Horno incineratorio es válido, sugestivo y
expeditivo como idea pero su implementación no es tan simple porque tiene que
determinarse cómo el Estado pone en circulación dicha moneda y cómo la retira del
Mercado.
Como esquema tentativo primario, se propone lo siguiente:
a) El Banco Central (BCRA) – a través de la Casa de la
Moneda – procedería a imprimir Dinero Resellado, con igual diseño y
denominación pero cruzado con una banda en la parte superior derecha de cada
billete para identificar claramente su diferencia con el Peso.
b) El Gobierno pondría en circulación tales billetes
abonando el 50 % de los pagos a proveedores/contratistas del Estado, agentes de
la Administración Pública, Gastos Sociales en general (incluyendo
Jubilaciones/Pensiones y Planes Sociales) y Otros Gastos de Consumo.
c) Este dinero paralelo tendría circulación igual que el
Peso, aunque con las diferencias de uso y alcance anotadas en el acápite
anterior.
d) La distribución del Dinero Resellado se haría también
a las Provincias y éstas a los Municipios a través del sistema de
Coparticipación Federal de Impuestos y en la misma proporción (50 %).
e) Los Gobiernos Nacional, Provinciales y Municipales,
así como las Empresas Oficiales prestadoras de Servicios Públicos, deberán
aceptar esta Moneda Paralela con valor cancelatorio en el cobro de impuestos,
tasas y/o servicios respectivos, lo que constituiría su forma de absorción,
recupero o control del circulante resellado.
La validez de esta operatoria alcanzaría a los Gastos
Figurativos del Estado y a las Transferencias entre todas las Jurisdicciones
(siempre manteniendo el tope de un 50 %).
De allí en más, será el Gobierno Nacional quien determine
si ese dinero recaudado se recicla o no nuevamente y en qué proporción, de modo
que la masa monetaria en circulación puede tener un aumento inicial pero luego
permanecer relativamente estable.
La idea es que no aumente tanto el quantum de la emisión
monetaria paralela sino su velocidad de circulación dado que su utilización
quedaría restringida a los bienes y servicios de consumo y consecuentemente
restaría liquidez para usos especulativos (dólar, bolsa, plazos fijos, etc.).
La disposición de una Moneda Paralela no implica por sí
misma una acción anti-inflacionaria, porque ello depende también de otros factores
(controles de Precio, Cambiarios y Bancarios) pero contribuye parcialmente a
contenerla a través de sus restricciones de aplicación financiera.
El uso de la Moneda Paralela tendría a la vez una
importante influencia en el desdoblamiento de los Presupuestos Oficiales y en
el replanteo de la cuestión de la Deuda Pública.
Hasta aquí un primer borrador de ideas acerca de lo que
pudiera encararse en forma cuasi-inmediata frente a la Crisis Económico-Financiera
de la Argentina.
Otra cosa es la hipótesis de trabajo sobre Nuevas
Monedas, sobre todo Monedas con base en Bienes, que es un tema que requiere un
estudio mucho más ambicioso al respecto: caso de dinero concebido con base no
en Canasta de Monedas sino en Canasta de Precios Ponderados de Bienes (tipo
PPA-Paridad de Poder Adquisitivo) y la definición de sus parámetros de
referencia.
La idea de Moneda Paralela no debe confundirse con la de
Cuasi-Monedas (que en definitiva son Títulos Públicos) ni con las Monedas de
Cuenta (tipo UF-Unidad de Fomento de Chile), que son de carácter indexatorio.
La Crisis Financiera y Económica que la Argentina está
viviendo hoy – derivada directamente de su Crisis de Deuda Pública por Impago –
no permite poder pensar a Mediano y Largo Plazo, pero no inhibe apelar a Moneda
Paralela como paliativo de la situación evitando así seguir tomando más Deuda.
Lic. Héctor L. GIULIANO
Buenos Aires, 17.5.2020
Archivo: GIULIANO ARTICULO 2020 05 17 PONENCIA MONEDA
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